Los países con los que existen acuerdos internacionales de reciprocidad para la asistencia sanitaria son los siguientes: Argentina, Australia, Croacia, Bosnia-Herzegovina, Macedonia, Brasil, Montenegro, Cabo Verde (momentáneamente suspendido), Principado de Mónaco, Ciudad del Vaticano y Santa Sede, República de Sn. Marino, Serbia, Túnez.
Eres extranjero de países no pertenecientes a la U.E. con los que existen acuerdos bilaterales: si estás cubierto por la asistencia sanitaria de tu país de residencia, tienes la asistencia sanitaria garantizada para las urgencias (servicios de médico de guardia, prestaciones urgentes por enfermedad, accidente y maternidad), o en base al formulario expedido por tu país de residencia para la asistencia sanitaria en el extranjero.

Los costes de las prestaciones corren a cargo de tu país de residencia.

Para las prestaciones no urgentes, acude al Registro sanitario más próximo a tu domicilio (Mapa). Si no está cubierto por la asistencia sanitaria de tu país de residencia, acude al Registro de asistidos (Mapas). 

Cuando te encuentres mal

Para saber más: Enlaces de utilidad